La condena de tres años de prisión contra el alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, por el presunto incumplimiento de la orden de portar un grillete electrónico abrió un nuevo frente de polémica en el sistema judicial ecuatoriano. Más allá de la sentencia, abogados y observadores cuestionan que el Tribunal haya emitido un fallo sin desarrollar, hasta el momento, una argumentación jurídico-penal que explique por qué descartó las pruebas y testimonios presentados por la defensa.

La decisión fue anunciada de manera oral por el Tribunal de Garantías Penales, que acogió íntegramente la tesis de la Fiscalía y del SNAI. Sin embargo, el contenido completo de la motivación escrita será determinante para evaluar el sustento legal de la condena y los recursos que podrá presentar la defensa.

La sentencia acoge la tesis de la Fiscalía

El Tribunal declaró a Aquiles Álvarez autor del delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente y le impuso la pena máxima prevista en el artículo 282 del COIP: tres años de prisión, una multa equivalente a diez salarios básicos, disculpas públicas y la publicación de la sentencia.

La Fiscalía sostuvo que el alcalde retiró deliberadamente el grillete electrónico y que el dispositivo fue manipulado para impedir que el sistema emitiera la alerta de «pulsera quitada».

La defensa sostiene que nunca se probó la conducta imputada

Durante el juicio, la defensa presentó a siete funcionarios y exfuncionarios del SNAI, quienes coincidieron en señalar que el dispositivo registraba constantes fallas técnicas y que, durante la madrugada del allanamiento, nunca se activó la alerta de retiro del grillete.

Además, los abogados insistieron en que ningún testigo afirmó haber visto a Aquiles Álvarez quitarse el dispositivo y cuestionaron la cadena de custodia, las pericias electrónicas y la validez de la evidencia digital utilizada por la Fiscalía.

Las críticas apuntan a la falta de motivación jurídica del fallo

Uno de los principales cuestionamientos surgidos tras conocerse la decisión es que el Tribunal anunció la condena sin exponer públicamente un desarrollo jurídico detallado que explique cómo valoró la prueba practicada ni por qué descartó los argumentos técnicos de la defensa.

Juristas recuerdan que, conforme a la Constitución y al debido proceso, toda sentencia penal debe estar debidamente motivada, especialmente cuando impone la pena máxima prevista para un delito. Será la sentencia escrita la que deberá explicar de manera suficiente la valoración probatoria y el razonamiento jurídico que condujo a la condena.

La sentencia aún puede ser impugnada

La defensa de Aquiles Álvarez anunció que apelará la decisión una vez que sea notificada la sentencia íntegra, documento que contendrá la motivación jurídica completa del fallo.

Mientras tanto, el caso se suma a los procesos judiciales que enfrenta el alcalde de Guayaquil, incluido el juicio del caso Triple A, manteniendo abierta una controversia que trasciende el ámbito penal y tiene importantes repercusiones políticas.

Fin

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