El Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió negar la entrega de formularios para iniciar la recolección de firmas con el objetivo de impulsar la revocatoria del mandato del presidente Daniel Noboa y la vicepresidenta María José Pinto. El Pleno concluyó que la solicitud presentada por un grupo de ciudadanos no cumple con los requisitos legales establecidos en la normativa vigente.
CNE rechaza revocatoria contra Daniel Noboa y María José Pinto por incumplir requisitos legales
¿Por qué el CNE negó la revocatoria del mandato?
Durante la sesión del Pleno realizada este 28 de julio, los cuatro consejeros presentes votaron de forma unánime para negar la entrega de formularios que permitirían iniciar la recolección de firmas para la revocatoria del presidente Daniel Noboa y la vicepresidenta María José Pinto.

La solicitud fue presentada por Guido Perugachi, José Villavicencio, Wilson Álvarez, Nelson Erazo y Víctor Quishpe.
Según la resolución, el pedido no cumple con los requisitos previstos en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana, por lo que el proceso no puede avanzar a la etapa de recolección de firmas.
Los argumentos del Pleno del CNE
La consejera Elena Nájera recordó que la revocatoria del mandato es un derecho constitucional de la ciudadanía, pero enfatizó que debe sustentarse con pruebas suficientes.
Indicó que la documentación presentada no demuestra un presunto incumplimiento del plan de trabajo del presidente y que las afirmaciones realizadas por los solicitantes, por sí solas, no constituyen evidencia.
Además, señaló que el CNE no tiene competencia para evaluar decisiones del Gobierno relacionadas con la política económica o con organismos internacionales como el Fondo Monetario Internacional (FMI).
José Cabrera explicó por qué se rechazó la solicitud
El presidente del CNE, José Cabrera, manifestó que la petición incumple lo dispuesto en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana.
Explicó que los solicitantes no determinaron de manera clara y precisa la causal que justificaría la revocatoria del mandato y que también existen otros incumplimientos legales que impiden autorizar la entrega de formularios.
¿Qué significa esta decisión?
Con esta resolución, el proceso de revocatoria contra Daniel Noboa y María José Pinto no podrá avanzar a la etapa de recolección de firmas.
Los promotores de la iniciativa únicamente podrán continuar si presentan una nueva solicitud que cumpla con todos los requisitos establecidos en la Constitución y la legislación electoral.
Con información de – El Universo
