Quito, 29 oct (Sputnik) .- La Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los jueces y abogados, Margaret Satterthwaite, cuestionó la destitución en Ecuador de tres jueces que anularon la prisión preventiva contra un alcalde enviado a la cárcel de máxima seguridad del país.
«La destitución de tres jueces supuestamente por su actuación al resolver un recurso judicial suscita serias preocupaciones sobre las garantías de independencia judicial», advirtió Satterthwaite en la red social X.
La experta independiente de la ONU recordó que los magistrados deben ejercer sus funciones sin presiones ni amenazas de represalias por las decisiones adoptadas en el ejercicio de sus competencias.
«Como ha recordado mi mandato, la independencia judicial exige que los jueces puedan decidir conforme a derecho, sin temor a sanciones por el contenido de sus resoluciones», subrayó.
El pronunciamiento se produce un día después de que el Consejo de la Judicatura de Ecuadorresolviera destituir a los jueces Silvana Velasco, Byron Uzcátegui y Wilmer Chóez, integrantes de una sala especializada de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, por incurrir en la falta disciplinaria de «error inexcusable».
Los tres magistrados participaron el pasado 2 de abril en una audiencia de apelación dentro del denominado caso Goleada, una investigación penal por presunta delincuencia organizada que involucra al alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, sus hermanos Antonio y Xavier, y otros procesados.
No obstante, Álvarez permaneció en prisión debido a otra orden de prisión preventiva dictada en el denominado caso Triple A, en el que fue condenado en agosto pasado a seis años y ocho meses de cárcel, luego de ser declarado culpable como autor directo del delito de comercialización ilegal de hidrocarburos.
Durante esa diligencia, el tribunal revocó la prisión preventiva de los otros investigados y dispuso su sustitución por medidas cautelares alternativas.
No obstante, la Corte Nacional de Justicia determinó posteriormente que los magistrados excedieron sus competencias al examinar aspectos relacionados con la existencia del delito, la responsabilidad de los procesados y la suficiencia de las imputaciones de la Fiscalía.
Según el organismo, esas valoraciones correspondían a otras etapas del procedimiento penal y no a una audiencia destinada exclusivamente a revisar la pertinencia de una medida cautelar.
El 8 de junio, la Corte Nacional declaró, por mayoría, la existencia de un error inexcusable, decisión que permitió iniciar el procedimiento disciplinario contra los magistrados.
El Consejo de la Judicatura sostuvo que la destitución no respondió al hecho de haber revocado la prisión preventiva, sino a la fundamentación jurídica empleada por los jueces y a que habrían excedido el objeto del recurso. (Sputnik)
