Proyecto de Ley de Feriados contribuye al fomento turístico

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    El proyecto de reformas a la Ley de Servicio Público y al Código de Trabajo se resume en la necesidad de regular el traslado de los feriados que coincidan con los días sábados y domingos, y, fijar el lunes y martes de carnaval como días de descanso obligatorio. Además, suprimir las desigualdades pagando por el número de días efectivamente laborados, que  aplica, incluso, a las personas que no son funcionarios de carrera, sino que tienen contratos, destacó el vicepresidente de la Comisión de los Derechos de los Trabajadores, Ángel Rivero, durante su argumentación en el Pleno.

    La norma contribuye a la promoción turística del país, dijo el legislador, al aclarar  que la necesidad del descanso, del sano esparcimiento, del derecho al descanso de los trabajadores no disminuye la productividad de un país, al contrario la promoción de la salud y seguridad de los trabajadores, los ayuda a mejorar la productividad empresarial.

    Puso como ejemplo, el feriado del 1 de enero de 2016, en el que se movilizaron alrededor de 800.000 personas, con un monto 44 millones de gastos efectuados, a un promedio de 59 dólares por persona. En el feriado de 2 y 3 de noviembre de 2016, las cifras evidencian el traslado de aproximadamente 1’300.000 personas, con 78 millones de dólares en gastos efectuados, a un promedio por persona de 61 dólares.

    Explicó que en el último feriado, que fue el más largo del 2016, las provincias más visitadas fueron Santa Elena (14,9%), Manabí (14,6%), Guayas (13%), Pichincha (12%) y Tungurahua (8,4%). La provincia de Esmeraldas registró el 3,1% del total de viajantes, la región más visitada fue la Costa, dejando como saldo financiero en gastos de viajeros de 29,1 millones de dólares, solo en dicha región, afirmó el legislador.

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    Rivero informó que, según los datos del Ministerio del Trabajo y del Ministerio del Turismo, en esta actividad se generan aproximadamente 451.000 empleos directos e indirectos. En el Ecuador existen alrededor de 25.000 empresas o establecimientos turísticos de alojamiento, alimentos y bebidas, transporte, agencias de viajes, animación y entretenimiento, de las que el 85% son micro, pequeñas y medianas empresas, muchas de ellas familiares, añadió.

    Cambios

    En los considerandos del proyecto, la comisión incorporó los artículos 66, 383 y 284 de la Constitución referentes al derecho a una vida digna, que asegure el descanso, ocio, al tiempo libre, disfrute, esparcimiento.

    Agrega como disposiciones generales trasladar los feriados del 1 mayo, 2 y 3 de noviembre, que coincidan en días martes, miércoles o jueves, al día viernes de la misma semana. Además, que, durante los días de descanso obligatorio, exista la debida provisión de servicios públicos básicos.

    Igualmente, prevé que en las industrias o labores del sector privado respecto de las cuales, por su naturaleza, no pueden interrumpir las actividades durante los días de descanso obligatorio, se deberá asigne otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores, o bien, abonar a sus trabajadores la remuneración que corresponda, con el recargo por trabajo extraordinario.

    También determina que el Presidente de la República, mediante decreto ejecutivo, expedirá -al menos anualmente- el cronograma de días de descanso obligatorio, incluidos traslados y/o puentes vacacionales.

    Se faculta expresamente al Primer Mandatario para que, mediante decreto ejecutivo, pueda  suspender la jornada de trabajo, en días que no son de descanso obligatorio, jornada que podrá ser compensada de conformidad con lo que disponga el decreto ejecutivo pertinente. Esto para facilitar la aplicación de puentes en días de descanso obligatorio que no sean susceptibles de traslado de conformidad con la ley.

    Respecto de la propuesta de reforma al artículo 110 de la Ley del Servicio Público, se plantea cambiar el título del artículo a “Pago por los días de efectiva prestación del servicio” por “pago hasta el último día”. También propone eliminar la frase “en el caso de los contratos se sujetarán a lo que estipulen los mismos.”, con la finalidad de que el pago por los días de efectiva prestación de servicios también aplique a servidores públicos vinculados a través de la modalidad de contratos.

    Confirmado.net / Asamblea Nacional

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