Nombres, nombres… (O) Juan Cárdenas

Corte Constitucional viabiliza el retorno de Ecuador al CIADI
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La cuestionada Corte Constitucional ¿podrá sostener el blindaje que les impuso el transitorio para que no se revisen sus actos, agravados por la desaparición de los antecedentes de sus resoluciones y del archivo documental?.

Mario Moreno, el genial Cantinflas del cine mexicano, encarnó a un cura en la inolvidable película El Padrecito. Celebrando misa le tocó dar el sermón con el tema de la última cena. Narró que Jesús con voz grave, dijo: “Uno de vosotros me traicionará”, a lo que el actor respondió improvisando el pasaje cristiano: “nombres, nombres”. Vale esta corta narración anecdótica para ambientar lo que dijo el ministro de Energía y Recursos Naturales No Renovables, Carlos Pérez, en su comparecencia a una de las Comisiones de la Asamblea Nacional. Reveló que algunos Asambleístas le llaman para pedirle puestos en el sector eléctrico y lo que cuestionó no fue que esa conducta es antijurídica por mandato de la Constitución que prohíbe expresamente a los Legisladores tramitar puestos públicos, sino que los recomendados no cumplían con el perfil técnico. O sea que si cumplían, les daba el puesto, ignorando que si no ha presentado la denuncia en la Fiscalía, habría cometido un delito de omisión, tan grave como el de acción, por ocultar un hecho, teniendo la obligación de denunciarlo.

Que la Corte Constitucional resolvió aceptar el matrimonio igualitario, ha levantado un fuerte debate en la ciudadanía. ¿Cuán discutible es este acto?, si fue dictado por un Organismo cuestionado por su origen, toda vez que los transitorios no tenían la facultad para despedir a los jueces anteriores y peor aún reemplazarlos por los actuales, considerados como “de lujo” por sus áulicos mediáticos y más odiadores. Ahora los lujosos nos salen con esta polémica resolución; y si pretenden bajarse con una consulta popular, tendrán que pasar por esa misma Corte requiriendo el control constitucional previo de las preguntas. En esas circunstancias, ¿será que den luz verde, poniéndose la soga al cuello? Lo sabremos en el próximo capítulo.

El artículo 131 de la Constitución dispone que la Asamblea Nacional podrá someter a juicio político, entre otros, al CPCCS únicamente “por incumplimiento de las funciones”, no porque les cae mal el señor Tuárez, sólo por incumplimiento de sus funciones. Y como no ha tomado ninguna acción ni emitido resolución alguna, lo del juicio sería un saludo a la bandera, como para sondear el temporal. Ahora bien, la cuestionada Corte Constitucional ¿podrá sostener el blindaje que les impuso el transitorio para que no se revisen sus actos, agravados por la desaparición de los antecedentes de sus resoluciones y del archivo documental?.

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Hay un poco de gente que está preocupada por estos hechos. No les falta razón. Tan tranquilos que estaban en tiempos transitorios. (O) Juan Cárdenas


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