Setenta y nueve años han transcurrido desde la creación del Código del Trabajo (1938) que aún rige en el país, y aunque se ha acomodado al pasar de las décadas, “la realidad” sobre todo en actividades específicas en el agro y otros sectores lo supera, reconoce Xavier Sandoval, director regional del Trabajo.
Por eso, apunta a que el nuevo Código, a través de otras modalidades de trabajo, facilite la contratación en actividades específicas que no se adecuan al contrato indefinido mínimo de un año u otros modelos existentes como los contratos de obra de servicio (excepcional), a destajo (por unidades de medidas), por tarea (por el tiempo en que se realice la obra) o por temporada (para la zafra).
“Hay actividades que han ido presentando dificultades, por ejemplo, en el sector turístico se requiere contratar por eventos, no existe esa modalidad…”, señala Sandoval, y expresa que en otras labores se necesita trabajo de temporada, pero de menor tiempo, como las cosechas de ciclo corto de arroz, maíz, la soya y otros, que pudieran tomar máximo tres meses, que no se sujetan a la modalidad actual que siempre estuvo vista en función de la zafra (6 meses).