Ley de Datos continúa recibiendo aportes y observaciones

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    El proyecto de Ley Orgánica de Protección de los Derechos a la Intimidad y Privacidad sobre los Datos Personales, que se trata en la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, continúa recibiendo observaciones y aportes de expertos, organizaciones y empresas relacionadas con la materia.

    Esta ley, propuesta por la Presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, tiene por objeto proteger y garantizar el derecho de todas las personas a la intimidad y privacidad en el tratamiento de datos personales que se encuentren en bases o bancos de datos, ficheros, archivos, en forma física o digital, en instancias públicas o privadas.

    “Algunos actores han sugerido que el proyecto podría entorpecer las investigaciones políticas o periodísticas. La verdadera motivación de la norma es la de proteger la privacidad e intimidad de los ecuatorianos, dando especial relevancia a los niñas, niños y adolescentes, expuestos a muchos riesgos en la Web”, aseguró la titular del Legislativo.

    Rivadeneira explicó que en el caso de las investigaciones periodísticas, están protegidas por la Ley Orgánica de Comunicación en su artículo 22, siempre y cuando cumplan con la verificación, contrastación, uso preciso y contextualización de la información.

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    En cuanto a las investigaciones judiciales, la presidenta de la Asamblea aclaró que el Proyecto de Ley de Datos, inclusive, establece como un caso de excepción el tratamiento y uso de datos personales, cuando esta información es indispensable para el ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial.

    Respecto a la información de los funcionarios públicos reiteró que “en ningún momento este proyecto de ley restringirá datos de funcionarios públicos. Por el ejercicio de sus funciones, los datos de los funcionarios públicos son de carácter público siempre”. El Artículo 18 de la Constitución determina como un derecho de todas las personas, sea en forma individual o colectiva, el acceder libremente a la información generada en entidades públicas, o en las privadas que manejen fondos del Estado o realicen funciones públicas.

    A su vez, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su Artículo 5 garantiza el derecho del acceso a la información pública.

    Por su parte, el proyecto establece como atribución de la Autoridad Nacional, el disponer el bloqueo temporal o definitivo de los sistemas de información cuando exista vulneración de los derechos constitucionales. En ese sentido, algunos juristas han sugerido cambiar en la norma la noción de sistemas de información por la de bases de datos, y contemplar el requisito de una autorización judicial para que la Autoridad Nacional ejerza la atribución descrita.

    Al respecto, Gabriela Rivadeneira afirmó que “toda propuesta de ley es objeto de sugerencias y aportes, y por lo tanto, es perfectible. Estamos abiertos a recibir las propuestas que mejoren el proyecto”.

    Alrededor del mundo, 107 países ya cuentan con legislación en materia de privacidad y protección de datos personales. En América del Sur, el 67% de Estados ya han implementado normativas de este tipo.

    Confirmado.net / Asamblea Nacional

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