La Comisión de Desarrollo Económico, luego de escuchar los criterios de diversos actores involucrados en materia de tránsito, inició el análisis de cuatro proyectos de reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de iniciativa de los legisladores Milton Gualán, Pepe Acacho, Mary Verduga y Patricio Donoso.

La legisladora Mary Verduga plantea que en el sector rural, donde exista servicio público de transportación de personas o el número de frecuencias sea insuficiente en relación a las necesidades o demanda del servicio, el propietario de un vehículo de transporte podrá, sin fines de lucro y observando los principios y condiciones de seguridad establecidos en la ley, prestar servicios de transportación de personas, sin que para ello sea necesario un permiso de operación.

En el artículo 388 sobre contravenciones de tránsito de tercera clase propone que se exceptúe al conductor/a de un vehículo automotor que circule con personas en baldes de camionetas en la zona rural donde no existe servicio público de transporte de personas o las frecuencias sean insuficientes.

Mientras que el asambleísta Pepe Acacho propone que las personas que son beneficiarias de un bono de desarrollo humano, tengan una tarifa preferencial de transportación pública, tomando en cuenta que están consideradas en la extrema pobreza; por tanto, precisa que el Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social, con el Ministerio de Inclusión Económica y Social, en un plazo de 180 días implemente un proceso de registro y carnetización de las personas beneficiarias del Bono de Desarrollo Humano.

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La propuesta de Milton Gualán está orientada a que los estudiantes de educación superior tengan una tarifa diferenciada del transporte público. Para el efecto precisa que la SENESCYT, en coordinación con las instituciones de educación superior, en 180 días implementará un proceso de carnetización de los estudiantes universitarios del tercer nivel y de institutos técnicos y tecnológicos.

El legislador Patricio Donoso plantea superar los engorrosos trámites de matriculación vehicular disponiendo que el comprobante de pago de la matrícula del vehículo sea suficiente para demostrar el cumplimiento de esta obligación y que este recibo remplace al documento de “revisión e identificación vehicular”, expedido anualmente por la Agencia Nacional de Tránisto.

Por consiguiente, propone que el comprobante de pago, conjuntamente con la matrícula vehicular, el SOAT y el Adhesivo de la Revisión Técnica Vehicular, sean los documentos habilitantes para circular libremente por el territorio nacional.

Confirmado.net/Asamblea Nacional

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